Como hemos visto, a las organizaciones no lucrativas se les conoce habitualmente de diversas maneras (ONG, ENL, etc.). Sin embargo, desde el punto de vista jurídico las organizaciones no lucrativas sólo pueden ser de tres tipos: asociaciones, fundaciones y cooperativas sin ánimo de lucro (éstas últimas tienen un funcionamiento más parecido a las empresas y, por tanto no es competencia de este curso).
Tengamos en cuenta que las asociaciones y las fundaciones son organizaciones constituidas por un grupo de personas físicas o jurídicas, que no tienen ánimo de lucro con el propósito de atender un fin.
Las asociaciones pueden constituirse tanto para lograr fines de interés general como de interés particular, en cambio las fundaciones sólo pueden perseguir fines que apunten al bienestar general.
Debemos dejar claro que las asociaciones son entidades sin fines de lucro, por definición, aunque a veces la normativa existente haga referencia de forma expresa a “asociaciones no lucrativas”. Debemos entender que todas lo son.
Aunque no entraremos en ese tema en este curso, debemos recordar la existencia de las federaciones, como agrupaciones de al menos tres asociaciones u otras entidades sociales, y de las confederaciones, como agrupaciones de federaciones.
A modo esquemático haremos la siguiente clasificación:
Asociaciones de Hecho
Son agrupaciones de personas, como peñas, cofradías que no están constituidas formalmente.
Mutuas y Mutualidades o Montepíos de Previsión Social
Son agrupaciones de personas constituidas con el fin de proteger sus bienes o propiedades, o crear fondos de previsión.
Asociaciones religiosas
Son asociaciones que se rigen por el Derecho Canónico, y que por lo tanto mantienen un régimen especial. Tal sería el caso de asociaciones de familias cristianas, institutos religiosos, alumnos, etc.
Asociaciones socioculturales
Son asociaciones que se rigen por la ley 191/1964
Corporaciones Sociales de Derecho Público
Un caso representativo son los Colegios Profesionales, que tienen como fin la defensa de los intereses de sus colegiados, velando para evitar el intrusionismo profesional y el correcto ejercicio profesional.
Fundaciones
Son entidades con personalidad jurídica propia, dotadas de recursos provenientes de rentas patrimoniales y que sirven a fines de interés público.
Entidades de Economía Social
Aquí podríamos agrupar a las cooperativas y a las sociedades anónimas laborales
Partidos Políticos
Sindicatos
Centrales Patronales
Clubes deportivos
Obra Social de Cajas de Ahorro
A modo de resumen, y de una manera aproximada, hemos incorporado la siguiente tabla que nos da una idea de la importancia que en España tiene el
Tercer Sector.

